Investigación Económica y financiera

INVESTIGACIÓN ECONÓMICA Y/O FINANCIERA

Los conceptos económico y financiero tan aludidos en los últimos años, pueden parecer confusos y a la vez muy similares.

A grandes rasgos, cuando hablamos de situación económica, hacemos referencia al patrimonio de una persona física o jurídica, es decir, al conjunto de bienes y activos que posee.

Mientras que, la situación financiera se refiere a la capacidad que poseen esas personas físicas o jurídicas para poder hacer frente a las deudas.

Desde la óptica de la Investigación Privada, una investigación de carácter económico es toda aquella llevada a cabo sobre una persona física o jurídica cuyo objetivo principal es la localización de activos que pudieran permanecer ocultos, esto es, gestionados o administrados por terceros distintos al deudor.

Sin embargo una investigación del ámbito financiero, es aquella que permitirá conocer la situación contable de una persona física o jurídica a la hora de iniciar, por ejemplo, una relación comercial.

La experiencia acumulada en MARGON Detectives nos ha permitido alcanzar unos conocimientos especializados, basados en la aplicación de métodos de inteligencia financiera que añadan valor a la investigación.

En base a estos conocimientos, podemos indicar que las principales situaciones que motivan una investigación de ésta índole, son las siguientes:

en sociedades

en la apropiación indebida cometida por directivos y/o empleados

en la insolvencia de personas físicas

 

EN SOCIEDADES

Existen múltiples tipologías de fraude, pero vamos a comentar las más habituales, algunas de las cuales han tomado impulso en los últimos años.

La utilización de sociedades para la ocultación de bienes

Consiste en la utilización de sociedades instrumentales para escamotear la posesión y/o enajenación de bienes, evitando que dichos bienes puedan quedar expuestos ante posibles responsabilidades de sus verdaderos titulares.

La utilización de entramados societarios para ocultar o desviar activos

Uno de los objetivos de esta tipología, a parte de la defraudación fiscal, es la ocultación de activos o su desvío, utilizando sociedades vinculadas a una misma persona.

Consiste en la generación de facturas, falsas o sobrevaloradas, desde una sociedad a otra. Será ideal que la sociedad emisora de la factura posea un objeto social muy amplio con el fin de otorgar apariencia real a trabajos o servicios no prestados o de difícil comprobación, como informes, estudios o asesoramiento.

A veces la vinculación entre sociedades no se muestra tan clara, por la utilización de testaferros, con lo que el éxito radica en poder demostrar la relación entre ambas.

La manipulación de estados contables

En ocasiones una empresa que ha de afrontar una importante deuda, a pesar de mantener una aparente economía saneada, puede llegar a manipular su estado contable para justiciar la solicitud del concurso de acreedores.

Mientras el concurso sigue su camino procesal, el propio empresario o su entorno, constituye una nueva sociedad con idéntico objeto, capital y domicilio que la mercantil concursada, traspasando además a clientes y empleados.

Al igual que sucede en el supuesto anterior, tendremos que demostrar que la supuesta situación de quiebra ha sido motivada para la elusión de la deuda, mientras el tráfico comercial continúa con la sociedad nueva.

APROPIACIÓN INDEBIDA REALIZADA POR EMPLEADOS O DIRECTIVOS

Valiénsode de una posición de confianza los empleados, en cualesquiera de sus categorías profesionales, pueden llegar a generar una situación de fraude a la empresa que no siempre ha de ir ligado a la malversación de cualquier tipo de activo, sino que el perjuicio patrimonial puede llegar de una administración desleal.

Según los últimos estudios, estas situaciones alcanzan el 25% de los delitos económicos en el sector empresarial.

INSOLVENCIA DE PERSONAS FÍSICAS

Al igual que sucede en el ámbito societario, las personas físicas también pueden modificar su situación económica para así eludir a los acreedores.

Es posible que una persona llegue a un acuerdo “temporal” con la empresa en la que trabaja, para que ésta prescinda de sus servicios, aunque en realidad el empleado sigue acudiendo a diario a su puesto de trabajo.

A todas luces, el empleado se encuentra en situación de desempleo lo que impediría o justificaría el cese de los pagos o la disminución de su importe, ante determinadas obligaciones pecuniarias.

Esta y otras situaciones similares son susceptibles de producirse, por ejemplo, para aludir o modificar las cantidades establecidas para el pago de la pensión de alimentos.

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