La actividad relativa a la investigación privada en España, se encuentra regulada por la Ley de Seguridad Privada 5/2014, de 4 de abril, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre. 

Según establece el artículo 48 de la citada Ley:

1. Los servicios de investigación privadas cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación. por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas y hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:

a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en generala la vida personal, familiar o social, exceptuadas la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.

c) la realización de averiguaciones y la obtención de infmroacion y pruebas relativas a delitos sólo perseguirles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.

 

JURISPRUDENCIA

Tribunal Supremo, sentencia de 6 de noviembre de 1990 Los detectives privados son medio de prueba, de habitual utilización ya, y en ocasiones, instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigidos al trabajador. Lógicamente el testimonio emitido por los detectives privados tiene, a favor de su veracidad, no sólo la garantía de profesionalidad exigible y en principio también presumible, en una profesión reglamentadas legalmente, sino también la de que, de modo innegable, proporciona la precisa y continuada dedicación al objeto del ulterior testimonio a emitir y las complementarias acreditaciones gráficas o sonoras de que se suele ir acompañada. Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sentencia de 5 de mayo de 1993. La Ley Rituaria Procesal autoriza a las partes a valerse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la ley, admitiéndose como tales medios mecánicos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido, salvo las que se hubieran obtenido por procedimiento que suponga la violación de derechos fundamentales y libertades públicas. Tribunal Supremo, sentencia de 12 de mayo de 1998 La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, considera legal que un organismo público contrate a detectives privados para investigar a sus funcionarios durante su horario laboral, ya que ello no vulnera el derecho a la intimidad.

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